Hola, Buenas tardes,
He estado buscando informaci贸n al respecto de la convalidaci贸n de trienios. Me surgen varias dudas.
1. Los trienios se aplican una vez cumplidos los a帽os? o pueden solicitarse con anterioridad?
2. La convalidaci贸n he le铆do que se aplica a los contratos interinos, pero var铆a en funci贸n de la administraci贸n o del grupo?
3. D贸nde se deber铆a de solicitar?
Muchas gracias, y un saludo
No entiendo la duda de su aplicarlos antes de cumplir los a帽os... obviamente hasta no cumplirlos no podr谩 usted solicitarlos ni cobrarlos. Respecto de los interinos, ayer le铆 una sentencia del TC que hablaba del derecho de los interinos a cobrar sexenios al igual que los funcionarios de carrera, pero no se si afectar谩 a trienios, que supongo que si; si es as铆, no creo que var铆e en funci贸n de grupo o administraci贸n.
Y solicitarlos.. en su administraci贸n de origen sy a煤n sigue en ella o en la actual su cambi贸. No obstante, de ser la original, deber铆an aplic谩rseles sin que usted los reclame, en caso de ser funcionario de carrera, y en caso de ser interino entiendo que en la delegaci贸n de personal mediante escrito de expone-solicita.