Por partes:
por ultimo, refresqueme la memoria y digame en qué ley y artÃculo dice que deben pasar 72 hrs desde la publicacion de la fecha de examen y la realizacion de este.
según el apartado 7.5 de las bases de acceso al cuerpo de PolicÃa Municipal de la ExcelentÃsima, PreciosÃsima y gran lugar de fiesta y encuentros de la Villa de Madrid...:
"
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mÃnimo de 72 horas y máximo de 45 dÃas naturales. "
Total conclusión es cuando acabe el periodo de reclamaciones. Ahà y solo ahà termina un ejercicio o prueba.
Y segundo:
el tribunal puede firmar (fechado) lo que quiera y meterse el papel debajo del culo 13 dÃas si le place, que lo que cuenta es cuando ese papel se hace público, es decir, cuando se publica. Por eso pone claramente en las bases: "a partir del siguiente al de la
publicación del presente Acuerdo en el Tablón de Edictos".
Quién habla ahà de firmas??

(firmado es igual que fechado)
Cuantas veces hay que decir lo mismo??