Las bases lo dejan muy claro:

hay que sacar al menos un 5 en todas las

"pruebas"

de naturaleza puntuable para poder continuar en el proceso selectivo.

La segunda

"prueba"

consta de un

"ejercicio"

de conocimientos de idiomas y de un

"ejercicio"

de conocimientos de ordenamiento jurídico.

Por tanto, en lo que hay que obtener como mínimo una calificación de 5, es en el conjunto de la segunda

"prueba"

(de ahí que en sargentos sólo se observe una nota en la lista, no la de idiomas y la de jurídico por separado, sino su suma ponderada y corregida por el 5 fijado por el tribunal

(nota del

último opositor que pasa

-->

5)

)

.

/>

/>Choco, ya expliqué en unos posts de hace unos días cómo funciona la forma de calificar y como se fija el 5.

Nadie va a tener una nota X en idiomas

(en idiomas obvio que sí, porque es tan fácil como contrastar las respuestas con la plantilla.

.

.

)

y otra Y en temario, sino que va a ser su suma ponderada la que se convierta a la postre en una nota determinada.

Quiero decir, el opositor, salvo que reclame, nunca va a saber la nota de su examen de temario, sino la nota de la suma ponderada de ambos ejercicios y, digo más, ya corregida con el 5 que se fije por el número de opositores que se desee que pasen a las físicas

(lo que expliqué)

.

Como en sargentos.

/>

/>No entiendo ese miedo que tienen algunos a la prueba de idiomas, pero sí, pesa un 30% real como la vida misma.

.

.

/>

/>Lamento el tocho