Autor Tema: CODIGO PENAL  (Leído 2940 veces)

Desconectado rosendo87

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CODIGO PENAL
« en: Marzo 25, 2011, 14:54:38 pm »
ha habido alguna modificacion que otra dejo aqui la de los ART 385 BIS Y 385 TER
/>
/>Art. 385 bis
/>El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en este Capítulo se considerará instrumento del delito a los efectos de los artículos 127 y 128.
/>
/>Art. 385 ter
/>En los delitos previstos en los artículos 379, 383, 384 y 385, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho
/>
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Re: CODIGO PENAL
« Respuesta #1 en: Marzo 25, 2011, 15:07:53 pm »
Esta modificación está en No puedes ver este link. Registrate o Ingresa y se habló aquí No puedes ver este link. Registrate o Ingresa.
/>
/>Cierro el tema.
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No dudes jamás de tu vocación, pues créeme que ese espíritu te impulsará a conseguir metas que sueñas
/>
/>Fidelis ad mortem
/>
/>