FORO POLICÍA LOCAL 2.0

FORO DE OPOSITORES => MODIFICACIONES DE TEMARIO => Mensaje iniciado por: rosendo87 en Marzo 25, 2011, 14:54:38 pm

Título: CODIGO PENAL
Publicado por: rosendo87 en Marzo 25, 2011, 14:54:38 pm
ha habido alguna modificacion que otra dejo aqui la de los ART 385 BIS Y 385 TER

Art. 385 bis
El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en este Capítulo se considerará instrumento del delito a los efectos de los artículos 127 y 128.

Art. 385 ter
En los delitos previstos en los artículos 379, 383, 384 y 385, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, podrá rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y a las demás circunstancias del hecho
Título: Re: CODIGO PENAL
Publicado por: Frankyman en Marzo 25, 2011, 15:07:53 pm
Esta modificación está en Modificacion codigo penal (http://www.foropolicialocal.es/index.php?topic=3713.0) y se habló aquí Modificación del tema 10? (http://www.foropolicialocal.es/index.php?topic=4052.0).

Cierro el tema.